Este viernes 27 de Julio fue publicada la gaceta Oficial N° 41.446 sobre el decreto N° 3554 de la Reconversión Monetaria. La misma se efectuará desde el 20 de Agosto, y este formará parte del Programa de Recuperación Económica y Crecimiento que ha anunciado
el Presidente de la República Nicolás Maduro en reiteradas oportunidades
En este decreto se expresa que se suprimirán cinco (5) ceros del cono monetario vigente. También se definen las competencias del Banco Central de Venezuela (BCV), en la regulación en cuanto al redondeo que se a que se aplicará como consecuencia de la re expresión así como las denominaciones de los billetes y monedas metálicas del nuevo cono monetario. Señala también que en cuanto al proceso de familiarización con el nuevo cono monetario, resultante de la erradicación de cinco ceros al signo monetario, a partir del 1 de agosto de 2018 y hasta que el Banco Central de Venezuela los disponga. Todos estos instrumentos por los cuales se ofertan los precios de bienes y servicios así como otros que expresen importes monetarios, emplearán en su referencia tanto la unidad de cuenta previa a la reexpresión q que se contrae el artículo 1° del presente Decreto, como la resultante de esta última. Conoce los nuevos billetes del nuevo cono monetario visita la pagina del BCV .
http://www.bcv.org.ve/billetes-y-monedas/bolivar-soberano
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